El Jurado Nacional de Elecciones sancionó a la alcaldesa de Tarapoto, Lluni Perea Pinedo, con una multa de 30 UIT que equivale a S/ 165 mil por haber colocado su nombre en carteles de obras públicas, lo cual contraviene las normas que prohíben la promoción personal de autoridades en la ejecución de proyectos financiados con recursos del Estado.
El abogado Jhon Tafur Puerta, ex gerente municipal y asesor de la comuna tarapotina, explicó que esta sanción responde a la prohibición expresa de que los titulares de entidades públicas utilicen su nombre, imagen o figura en obras, inauguraciones o actividades oficiales, ya que estas acciones pueden interpretarse como promoción personal indebida en medio de un proceso electoral.
Asimismo, precisó que la sanción es apelable y que la autoridad municipal puede presentar recursos de reconsideración o apelación, siendo el tribunal correspondiente el encargado de determinar si la multa se confirma, se anula o se revoca tras evaluar el caso.
En cuanto al pago de la sanción, indicó que recae sobre la entidad que representa la autoridad, en este caso la Municipalidad Provincial de San Martín, lo que implica que el monto será asumido con recursos públicos una vez que la resolución quede firme y se ejecute mediante los mecanismos legales correspondientes. Es un tema de ego, la autoridad pretende mostrar que ha sido ella quien construyó una determinad obra.
Finalmente, se recordó que las obras públicas no pertenecen a las autoridades, sino que son financiadas con los impuestos de la ciudadanía, por lo que la normativa solo permite consignar el nombre de la entidad ejecutora y el periodo de gestión, mas no el nombre de funcionarios o autoridades en ejercicio.